0
Desde el 1 de junio se vencen plazos para declaración de predios

Desde el 1 de junio se dará inicio al cronograma de vencimiento de la Declaración Anual de Predios 2016, de acuerdo al último dígito del RUC o el DNI, de no tener RUC. En esta oportunidad, según la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) los contribuyentes ubicados en zonas de emergencia tendrán facilidades excepcionales prorrogando las fechas de vencimiento de la Declaración de Predios. Estas son las fechas:


Para cumplir con esta obligación se recomienda a los propietarios tener a la mano su Declaración del Impuesto Predial 2016, que tiene varios datos que le pedirán en el momento de hacer la declaración. También es importante que tenga el número de la partida registral en caso el inmueble esté inscrito en Registros Públicos.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Los obligados a presentar la declaración son los propietarios de dos o más predios cuyo valor total supere los S/ 150 mil al 31 de diciembre del 2016, así como los dueños que hayan cedido dos o más inmuebles para alguna actividad económica (alquiler).
También deben declarar aquellas personas cuyo único prediotenga un valor superior a los 150 mil soles y este haya sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros, siempre que estas modificaciones no se encuentren independizadas en Registros Públicos.
¿Quiénes no deberían declarar?
No están obligados a presentar la declaración quienes, al 31 de diciembre del 2016, tengan como única propiedad un departamento o vivienda ubicada en un condominio común, y tengan su cochera o depósito ubicados o comprendidos en la misma edificación.

A fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, la presentación de la declaración se podrá realizar a través deInternet, utilizando el Formulario Virtual N° 1630 (hasta 20 predios) o el Programa de Declaración Telemática (PDT) N° 3530 disponible en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe)
Fuente:  diariocorreo.pe.

Publicar un comentario

 
Top