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Indecopi: "Ugel debe supervisar clases virtuales en colegios privados"

Los centros educativos privados tuvieron que suspender obligatoriamente sus clases presenciales en cumplimiento del aislamiento social obligatorio a partir del lunes 16 de marzo del 2020, por lo que ahora, en su mayoría, ofrecen clases virtuales a sus alumnos. La jefa del Indecopi en Junín, Karina Alvarado informó que se sancionará a los colegios privados que no hayan cumplido con presentar su plan de recuperación, así como haberlo informado a los padres de familia.
Detalles. Alvarado señaló que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) dijo que en la UGEL o la Dirección Regional de Educación, será la que determinará que el colegio privado no haya cumplido con presentar el plan de recuperación o que no haya cumplido debidamente con este. “Estos entes deben remitir un reporte al Indecopi para que esta entidad evalúe el inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) contra el correspondiente centro educativo privado”, dijo.

Karina Alvarado agregó que conforme a la norma, la recuperación se puede realizar por modalidad a distancia (aulas virtuales, videos, audios, entre otros) y complementarse de manera presencial, una vez reiniciada las clases, si se considera necesario para lograr los propósitos de aprendizaje establecidos para el periodo. Asimismo, dijo que se estableció que este Plan de Recuperación debía garantizar que, durante este periodo, los estudiantes reciban retroalimentación sobre sus avances por parte de los docentes. Al retorno a clases presenciales, los colegios debían aplicar una evaluación diagnóstica de los objetivos de aprendizaje alcanzados y asegurar una nivelación en los casos que sea necesario.

La representante del Indecopi, señaló que los padres que se encuentren inconformes con el sistema de recuperación de clases, pueden presentar sus quejas de manera virtual, para que reciban orientación.
Pensiones. En cuanto al pago de las pensiones escolares, mediante un comunicado Indecopi reiteró que los colegios privados no pueden cobrarlas al inicio del mes, sino al final del mes lectivo. En tal sentido, la pensión de marzo podrá ser exigida al final del mes lectivo, lo mismo que la pensión de abril. “El Indecopi recuerda a la ciudadanía que no tiene facultades legales para regular los precios de las pensiones de los centros educativos privados, ni para suspender el pago de las mismas. En este contexto, el Indecopi sí podrá tramitar casos que sean reportados por la UGEL en donde se identifique el incumplimiento de las obligaciones establecidas por el ente rector, es decir, el Ministerio de Educación”, mencionó.


Medidas. El Indecopi detalló que la fiscalización de la Ugel y la DREJ en los colegios privados es de manera obligatoria, para el bien de los estudiantes.
Fuente: diariocorreo.pe 


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