Abogado
laboralista César Puntriano brinda los alcances para que las empresas puedan
registrar su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el
trabajo y así puedan reanudar sus actividades económicas.
La Fase 3 de la reactivación económica
ya inició gradualmente y las empresas buscan reanudar sus actividades para
poder recuperar lo perdido tras el estallido del coronavirus, pero uno de los
pasos importantes es tener registrado su Plan para la vigilancia, prevención y
control de COVID-19 en el trabajo (Sicovid). ¿De qué trata?
El abogado laboralista César
Puntriano, socio senior del Estudio Muñíz, sostuvo que la nueva
Resolución Ministerial No. 448-2020 Minsa sobre el Sicovid deroga a todas las
anteriores, a las cuales se las consideraba “un dolor de cabeza” por los
procedimientos que se realizaban.
Ahora todo es más sencillo, debido a que
cada empresa podrá enviar su plan vía correo electrónico al Minsa (empresa@minsa.gob.pe).
“El
Sicovid ha sido un tema engorroso. Cuando recién se genera esta plataforma, en
la Fase 1, no era difícil registrar, lo difícil era acceder porque se
necesitaba tener la aprobación del sector que le correspondía, es decir, mandar
un plan para que se apruebe el protocolo y den un código, con eso la empresa
recién entraba”, explicó el abogado.
Sin embargo,
recordó que luego cambiaron y dijeron que cada empresa registraba el Sicovid
completando cada opción en la página web: como datos de los trabajadores, el
personal de vigilancia de la salud, pero días más tarde agregaron que se tenía
que completar 24 pasos y recién terminando salía una constancia de aprobación.
“Pero
eso no fue todo. Salió la Resolución Ministerial No. 3320-2020 Minsa, donde se
señalaba que no solo tienes que registrar el plan, sino darles a los
trabajadores dentro de las 24 horas y actualizarlo mensualmente, pero no había
un ícono para hacerlo, entonces las empresas mandaron su plan al correo del
Minsa y al Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para
la Salud (Censopas)”, refirió.
Tras detallar los anteriores
procedimientos, César Puntriano señaló que enla
nueva norma se “han flexibilizado los procedimientos y eso es bueno. Se han
dado cuenta de sus equivocaciones anteriores y ahora es algo más ligero”,
indicó.
ESTOS SON LOS NUEVOS
LINEAMIENTOS DEL SICOVID
-El plan para la vigilancia ya no se
presenta en la plataforma, sino al correoempresa@minsa.gob.pe.
“Esto aplica no solo para la Fase 3, sino para las empresas que están
autorizadas en operar y no han presentado por alguna complicación o estuvieron
haciendo trabajo remoto”, dijo el abogado.
-El plan se
actualiza siempre que la empresa haya añadido una nueva actividad aprobada en
una nueva fase o un cambio en el procedimiento COVID-19.
-Si una
empresa emplea hasta cinco trabajadores que no ocasionan riesgo no tienen que
registrar su plan, solo debe tener un formato simplificado de chequeo.
-Tampoco es obligatorio el control de
temperatura en centros de trabajos que tienen menos de 20 colaboradores. Si se
realiza esta actividad, es aleatoria al momento del ingreso. “Creo que no se debería exceptuar esa
parte, uno de esos trabajadores podría hacerlo”, indicó el socio
senior del Estudio Muñíz.
-No es
obligatorio aplicar las pruebas de COVID-19 a puestos de bajo y mediano riesgo.
-No se
recomienda realización de pruebas moleculares ni serológicas a los trabajadores
que hayan presentado previamente una prueba positiva o tenga el alta
epidemiológica, ya que el tiempo de duración de los anticuerpos en sangre o la
reversión de los mismos aún es incierta y no indica posibilidad de contagio.
-En los
centros de trabajo que empleen hasta 50 trabajadores ya no se les exige contar
con una licenciada en enfermería, pueden hacerlo con un profesional de la
salud.
-Se tiene que
mantener el metro de distanciamiento social.
Fuente: diariocorreo.pe
Publicar un comentario