
Tras la extensión del estado de
emergencia hasta el 30 de junio, el Gobierno actualizó el decreto que daba
facilidades para que las empresas sigan brindando los servicios básicos a los ciudadanos sin interrupción.
Energía eléctrica
El fraccionamiento de los recibos de
energía eléctrica, se aplicará para aquellos usuarios residenciales con
consumos de electricidad de hasta 300 kW/h por mes, señala el D.U N°062-2020. El
proceso de franccionamiento se realizará quince días hábiles luego del fin del
estado de emergencia.
Gas
Para los recibos de gas, se realizará el
fraccionamiento para los clientes con consumos de hasta 20 M3 por mes.
Recordemos que el decreto anterior indicaba
que las empresas de servicios de telecomunicaciones como telefonía, internet y
cable emitirián prórrogas para el pago de los servicios sin moras para los
usuarios residenciales.
En este decreto, el Gobierno dio su
utorización para la emisión de los recibos o facturas por consumo al usuario
final de electricidad y gas natural que tienen la categoría de residencial,
incluyendo, los de los sistemas eléctricos rurales no convencionales
abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo, utilizando métodos de cálculo
que se ajusten a su perfil de consumo de los últimos seis (6) meses previos al
mes a facturar, a partir de lecturas reales.
Fuente: diariocorreo.pe
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