
El ministro del Interior,
Carlos Morán, indicó que las personas que no respeten el distanciamiento social
recomendado para evitar la propagación del coronavirus durante sus salidas a
mercados, centros de abastos o farmacias también serán multadas.
“Se va a sancionar con multa a
las personas que asisten a mercados y supermercados sin guardar el
distanciamiento social de un metro”, informó en conferencia de prensa en
Palacio de Gobierno.
Tras detallar la lista con las
diferentes situaciones que motivarán una multa, el ministro señaló que la
Policía monitoreará la movilización de la población en los retenes instalados
en todo el territorio nacional.
“La policía interviene
a los vehículos y solo pasarán los que están autorizados a circular, por
ejemplo aquellos que transportan carga y mercancías. Está prohibido el
transporte interprovincial de pasajeros”.
Detalló que ayer fueron
intervenidos 1,400 vehículos a escala nacional y lanzó una advertencia a los
infractores.
“El chofer que transporte
personas como carga estarán violando una disposición del Gobierno. Van a ser
pasibles de una multa que oscila entre 2 % y 10 % de una UIT. Esa multa debe
pagarse dentro de cinco días hábiles. Si no lo hacen, se aplicará el mismo
procedimiento que se tiene cuando se violan normas de tránsito”, indicó.
Las personas sancionadas no
podrán efectuar transacciones bancarias, inscripciones en Registros Públicos ni
trámites en las notarías, de tal forma que tendrán una “sanción civil
efectiva”.
El Gobierno publicó hoy la norma
que fija las multas que deberán pagar quienes incumplan las medidas de
aislamiento e inmovilización social obligatorias dispuestas para frenar el
avance del coronavirus.
Mediante Decreto Legislativo
1458, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que las
multas a aplicarse serán desde 2 % de la UIT (S/ 86) hasta el 10 % (S/ 430) de
la UIT, dependiendo de la gravedad de la infracción cometida.
Entre las infracciones que
se multarán se mencionan circular por la vía pública sin usar mascarilla, salir
más de una persona por familia para la adquisición de víveres o productos
farmacéuticos, rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los
miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, y otras detalladas en
dicha nota
Fuente: andina.pe
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