Con el decreto de urgencia (DU)
024, el Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF) amplió por un año más, la vigencia de la
exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) de los alimentos
perecibles, entre ellos arroz y azúcar; así como también al servicio de
transporte público de pasajeros, con la finalidad de evitar encarecer la canasta
básica de las familias peruanas y de los pasajes.
Dicho decreto de urgencia amplía el beneficio tributario que
precisamente concluye el 31 de diciembre de 2019.
Con un segundo DU (025) modificó la Ley
del Impuesto a la Renta (IR), que establece el derecho de las personas
naturales a la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos en
exceso. El tributarista Jorge Picón, explicó a Correo que con el DU 024 el
Gobierno amplía la vigencia de un beneficio tributario.
El MEF, mediante nota de prensa, precisó que esa medida se da
con la ampliación del Apéndice I y Apéndice II de la Ley del Impuesto General a
las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Recientemente el Gobierno emitió un decreto supremo que amplió
la vigencia de la exoneración del IGV a toda actividad de exploración minera,
considerando que en esta etapa de la industria no se genera ninguna ganancia.
Fuente: diariocorreo.pe
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