Herramienta electrónica rige desde este mes y
optimiza la gestión de la información.
Para simplificar la declaración y pago del
impuesto selectivo al consumo (ISC) y facilitar el cumplimiento de las
obligaciones de los contribuyentes afectos a este tributo, la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó una nueva
versión del PDT N° 615, la cual considera información detallada y ordenada que
contribuye a optimizar la gestión de la data relativa a este tributo.
Así, esta nueva versión electrónica estará a disposición de
los contribuyentes e interesados desde este mes en el portal institucional de
la Sunat (www.sunat.gob.pe), detalla la Resolución de Superintendencia N°
217-2019/Sunat.
La entidad recaudadora, además, informó que se facilitará la
obtención de este PDT mediante las diversas dependencias de la administración
tributaria en todo el país.
Lineamientos
Así, esta nueva versión del PDT N° 615 deberá ser utilizada
por los contribuyentes afectos al pago del ISC a partir de hoy,
independientemente del período al que corresponda la declaración, incluso si se
trata de declaraciones rectificatorias.
En caso de no pagarse el impuesto declarado en este PDT N°
615, el pago se podrá efectuar utilizando el Formulario N° 1662, con los
códigos de tributo aplicables a partir del período tributario de octubre del
presente año, señalados en el anexo que forma parte de la mencionada resolución
de superintendencia. Respecto a los períodos anteriores se continuará usando
los códigos o la descripción vigentes antes de la entrada en vigor de la
referida resolución, precisó la entidad recaudadora.
De este modo, los contribuyentes que deseen obtener mayor
información sobre el PDT N° 615 podrán ingresar al portal institucional
(www.sunat.gob.pe) o también comunicarse al (01) 3150730, desde teléfonos
celulares, o bien al *4000, desde celulares Claro, Entel y Movistar y desde
teléfonos fijos al 0801-12-100, indicó la administración tributaria.
Finalidad
La Sunat tiene como finalidad primordial administrar los
tributos del Gobierno nacional y los conceptos tributarios y no tributarios que
se le encarguen por ley o de acuerdo con los convenios interinstitucionales que
se celebren, proporcionando los recursos requeridos para la solvencia fiscal y
la estabilidad macroeconómica; asegurando la correcta aplicación de la normatividad
que regula la materia y combatiendo los delitos tributarios y aduaneros
conforme a sus atribuciones. Por ende, propone la reglamentación de las normas
tributarias y aduaneras.
Apunte
l La entidad recaudadora expide disposiciones en materia
tributaria y aduanera, estableciendo las obligaciones de los contribuyentes.
Fuente: elperuano.pe
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