Seguir adelante tras la
pérdida de un familiar suele ser duro, más aún cuando se desconoce si poseía
alguna deuda o no se sabe cuál será el destino de
esta luego de su desenlace. Por la falta de información y/o falta de educación
financiera se cree que si el titular de la deuda fallece, esta deja de existir.
En ese sentido, la Dra. Ana Vera Talledo, gerente general de Kobranzas indica
en cuatro pasos cómo saber si nuestro familiar dejó como herencia una deuda y
qué sucederá con ellas luego de su fallecimiento.
ES PRIMORDIAL QUE CONOZCA SI DEJÓ UNA
DEUDA
Es necesario que se autopregunte si su familiar fallecido tenía deudas
atrasadas o si contaba con ahorros financieros. En caso desconozca si posee lo
mencionado es primordial que un familiar directo tramite la partida de
defunción de la persona en mención y que se comunique inmediatamente con la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para saber si existe algún tipo
de cuenta en un banco a su nombre y en el caso de las deudas puede obtener la
información en las centrales de riesgo.
¿A QUIÉN SE LE DESTINA EL PAGO EN CASO
TENGA DEUDA?
Si luego de acudir a las centrales de riesgo descubre que su familiar contaba
con una deuda fuerte como un crédito vehicular o hipotecario a largo plazo,
esta definitivamente será heredada. Es decir, el banco está obligado a cobrarle
la sucesión a los familiares directo pero sólo lo que dejó en herencia y no de
sus bienes personales.
¿TIENE SALVACIÓN?
Desde hace un par de años los principales bancos y cajas municipales cuentan
con un respaldo llamado seguro de desgravamen, que permite pagar al momento del
fallecimiento del asegurado (o en algunos casos por invalidez), la deuda que
mantenga frente a una entidad del sistema financiero, beneficiándose de esta
manera a los herederos del asegurado. En caso, no cuente con este seguro,
deberá asumir la deuda.
¿DEUDAS PENDIENTES CON LA SUNAT?
En caso el fallecido tuviera una cuenta pendiente con la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), los familiares
directos deben acercarse a las oficinas de la entidad para notificar el
fallecimiento del deudor. Esta se cancelará usando los bienes que dejó
heredado, en caso no haya dejado nada, esta se dará por saldada.
Fuente: elcomercio.pe
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