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Recibo de luz. (Foto: GEC)

Tras la extensión del estado de emergencia hasta el 30 de junio, el Gobierno actualizó el decreto que daba facilidades para que las empresas sigan brindando los servicios básicos a los ciudadanos sin interrupción.

Energía eléctrica

El fraccionamiento de los recibos de energía eléctrica, se aplicará para aquellos usuarios residenciales con consumos de electricidad de hasta 300 kW/h por mes, señala el D.U N°062-2020. El proceso de franccionamiento se realizará quince días hábiles luego del fin del estado de emergencia.

Gas

Para los recibos de gas, se realizará el fraccionamiento para los clientes con consumos de hasta 20 M3 por mes.
Recordemos que el decreto anterior indicaba que las empresas de servicios de telecomunicaciones como telefonía, internet y cable emitirián prórrogas para el pago de los servicios sin moras para los usuarios residenciales.

En este decreto, el Gobierno dio su utorización para la emisión de los recibos o facturas por consumo al usuario final de electricidad y gas natural que tienen la categoría de residencial, incluyendo, los de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo, utilizando métodos de cálculo que se ajusten a su perfil de consumo de los últimos seis (6) meses previos al mes a facturar, a partir de lecturas reales.
Fuente: diariocorreo.pe 

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