La Comisión de Economía del Congreso de
la República aprobó hoy el dictamen que reúne los proyectos de ley que permiten
el congelamiento de deudas bancarias.
El resultado
de la votación para aprobar el documento fue unánime, y ahora el dictamen
deberá ser debatido en el Pleno.
El Congreso
presentó una serie de iniciativas sobre los créditos de personas naturales, en
el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19.
Este dictamen
recibió múltiples críticas desde el sector financiero, pues pondría en riesgo
la estabilidad de varias entidades.
La propuesta
reúne 19 proyectos de ley y está titulada "Ley que prohíbe generar cargos
adicionales a los establecidos para préstamos y otras obligaciones financieras
en el contexto de la pandemia COVID-19".
Como dice su
nombre, la ley busca no generar cargos adicionales a los usuarios que no hayan
pagado las cuotas de sus deudas durante los meses en emergencia o 90 días tras
la entrada en vigencia de la norma. La iniciativa del Parlamento excluye a las
microfinancieras.
De publicarse,
se podrían acoger las personas naturales cuyos ingresos brutos mensuales no
excedan las 2.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), actualmente S/ 10,750.
Además, las
personas jurídicas que no hayan sido beneficiadas con Reactiva Perú o FAE-MYPE,
y cuya facturación mensual bruta no exceda el equivalente a 30 UIT (S/
129,000).
Durante los
meses en que la deuda permanezca congelada, los bancos solo podrán cobrar los
intereses, con un tope del 50% de la cuota mensual. El otro concepto que deberá
ser pagado en estos meses es el seguro de desgravamen.
Para hacer
efectivo el congelamiento, el dictamen prohíbe modificar el monto nominal
adeudado, tras la reprogramación de la deuda, siempre y cuando el nuevo
cronograma de cuotas no se amplíe más allá de las pendientes más los meses de
gracia.
Fuente: diariocorreo.pe
Publicar un comentario