El
Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel)
confirmó hoy cuatro multas para Telefónica del Perú por infracciones graves,
las cuales suman un total de 2 millones 309,100 soles.
En el primer caso, el Osiptel declaró infundado el recurso de
apelación que presentó para evitar la multa de 51 unidades impositivas
tributarias (UIT), equivalente a 219,300 soles, según el valor de la UIT para
el 2020.
El 10 de octubre de 2019, el Tribunal Administrativo de Solución
de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Osiptel sancionó a Telefónica con 51 UIT
por haber incurrido en la infracción grave tipificada en el artículo 14 del
Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, dado que incumplió las
resoluciones emitidas por la propia empresa operadora en 102 casos.
Luego de no prosperar un primer intento de reconsideración
presentado por Telefónica, el 10 de enero de 2020 la operadora española
interpuso un recurso de apelación contra la sanción de las 51 UIT.
No obstante, el Consejo Directivo de Osiptel decidió ratificar
que corresponde sancionar a Telefónica, por lo cual corresponde la publicación
de la Resolución Nº 32-2020-CD/Osiptel.
Segundo
caso
El Osiptel también declaró infundado otro recurso de apelación
que presentó Telefónica para evitar la multa de 315 UIT, equivalente a 1 millón
354,500 soles.
El 21 de diciembre de 2018, la Gerencia General del Osiptel
sancionó a Telefónica con 51 UIT por servicio móvil mediante equipos terminales
correspondientes 133,814 IMEI que al 30 de marzo de 2017 continuaban
registrados como sustraídos o perdidos en la Base de Datos Centralizada a cargo
del organismo regulador.
Después, tras no prosperar un primer intento de reconsideración
presentado por Telefónica, el 13 de enero de 2020 la compañía española
interpuso un recurso de apelación contra la sanción de las 315 UIT.
Sin embargo, el Consejo Directivo de Osiptel decidió ratificar
que corresponde sancionar a Telefónica con una multa de 315 UIT, por lo cual
corresponde la publicación de la Resolución Nº 33-2020-CD/Osiptel.
Dos multas
más
Asimismo, el Osiptel confirmó dos multas para la empresa
española por un total de 171 UIT, equivalente a 735,300 soles, al declarar
infundado el recurso de apelación que presentó para evitar dichas sanciones.
Una primera multa es de 120 UIT, que equivale a 516,000 soles, por
no cumplir la meta general del indicador AVH2 en el canal 104 durante los meses
de abril y julio de 2017, siendo una infracción tipificada en el artículo 19
del Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios por parte de las Empresas
Operadoras de Servicios de Telefonía Fija y Servicios Públicos Móviles.
La otra multa por 51 UIT, equivalente a 219,300 soles, es por la
infracción tipificada en el artículo 19 del Reglamento de Calidad de la
Atención a Usuarios por parte de las Empresas Operadoras de Servicios de
Telefonía Fija y Servicios Públicos Móviles, al no cumplir la meta específica
del indicador TEAPij en abril de 2017.
Se debe recordar que el 18 de octubre de 2019, la Gerencia
General de Osiptel sancionó a Telefónica con dos multas por 150 y 51 UIT por
las infracciones descritas anteriormente.
Posteriormente, Telefónica interpuso un recurso de apelación el
16 de enero de 2020, el cual fue declarado infundado mediante Resolución Nº
34-2020-CD/Osiptel, y se sancionó con dos multas de 120 y 51 UIT a la empresa
española.
Para los tres casos, las resoluciones publicadas hoy por Osiptel
agotan la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional.
Fuente: andina.pe
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