La Superintendencia
Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) sancionó a la Universidad
de San Martín de Porres (USMP) con 8 millones 614,928 soles por el uso de sus
activos con fines distintos a los establecidos en la Ley Universitaria entre
los años 2013 y 2018, informó la entidad supervisora.
Precisó que, según los estados
financieros de la USMP, el monto total involucrado en las operaciones
cuestionadas fue de 293 millones 726,216 soles, que durante todo el periodo
analizado no ha retornado a la universidad.
El numeral 116.1 del artículo 116 de la Ley Universitaria
precisa que los bienes de las universidades se usan exclusivamente para fines
universitarios. Dichos fines están previstos en el artículo 6 de la misma
norma.
La ley señala el uso de los recursos de las universidades —en
especial las asociativas, cuya finalidad esencial es la educativa y no el
lucro— se sujeta por disposición legal al cumplimiento de los objetivos
educativos y a la mejora continua de la calidad, en beneficio de toda la
comunidad universitaria.
El incumplimiento de dichas disposiciones se encuentra
tipificado como infracción muy grave en el Reglamento de Infracciones y
Sanciones de la Sunedu.
En esa línea, en el año 2018, la Sunedu inició un procedimiento
administrativo sancionador a fin de verificar el uso correcto de los activos de
la USMP.
Tras recabar una serie de evidencias, se comprobó que, desde el
año 2013 hasta el 2018, la USMP efectuó préstamos e inversiones a favor de
siete de sus empresas —las cuales se encontraban en situación de déficit constante—.
Respecto a estas operaciones, la USMP no ha demostrado con
documentos de fecha cierta el cumplimiento de un fin universitario
concreto.
Asimismo, la USMP realizó colocaciones en un fondo de inversión,
y el retorno de las mismas no fue aplicado para el fin universitario
establecido.
Pese a ser parte de sus funciones, las autoridades de la USMP
permitieron que, durante todos esos años y de manera sistemática, se efectúen
las operaciones cuestionadas en desmedro de los intereses de la universidad,
sin adoptar ninguna acción correctiva.
Medidas
correctivas
Asimismo, la Sunedu ordenó a la USMP abstenerse de manera
inmediata de utilizar sus activos con las empresas que fueron materia de
investigación y presentar un plan en el que consten las acciones que adoptará,
a fin de recuperar los montos otorgados en calidad de préstamo o inversión.
Igualmente, iniciar el proceso de vacancia de su rector, en la
medida que permitió que se realicen operaciones con fines distintos a los
universitarios.
Adoptar las acciones que correspondan a fin de que se determine
la responsabilidad de las personas involucradas en la autorización de las
operaciones analizadas.
El Consejo Directivo de la Sunedu también determinó la necesidad
de remitir información relevante recabada durante el procedimiento, a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) y a la
Procuraduría Pública de la Sunedu.
Esto, a fin de que, en ejercicio de sus funciones, estas
entidades investiguen si las disposiciones de activos de la USMP también
habrían constituido una forma de distribución directa o indirecta de rentas –lo
cual se encuentra prohibido por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto
a la Renta– o un acto de administración fraudulenta de personas jurídicas,
respectivamente.
Fuente: andina.pe
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