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ANDINA/archivo

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) sancionó a la Universidad de San Martín de Porres (USMP) con 8 millones 614,928 soles por el uso de sus activos con fines distintos a los establecidos en la Ley Universitaria entre los años 2013 y 2018, informó la entidad supervisora.

Precisó que, según los estados financieros de la USMP, el monto total involucrado en las operaciones cuestionadas fue de 293 millones 726,216 soles, que durante todo el periodo analizado no ha retornado a la universidad.


El numeral 116.1 del artículo 116 de la Ley Universitaria precisa que los bienes de las universidades se usan exclusivamente para fines universitarios. Dichos fines están previstos en el artículo 6 de la misma norma. 

La ley señala el uso de los recursos de las universidades —en especial las asociativas, cuya finalidad esencial es la educativa y no el lucro— se sujeta por disposición legal al cumplimiento de los objetivos educativos y a la mejora continua de la calidad, en beneficio de toda la comunidad universitaria. 

El incumplimiento de dichas disposiciones se encuentra tipificado como infracción muy grave en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu.

En esa línea, en el año 2018, la Sunedu inició un procedimiento administrativo sancionador a fin de verificar el uso correcto de los activos de la USMP.

Tras recabar una serie de evidencias, se comprobó que, desde el año 2013 hasta el 2018, la USMP efectuó préstamos e inversiones a favor de siete de sus empresas —las cuales se encontraban en situación de déficit constante—. 

Respecto a estas operaciones, la USMP no ha demostrado con documentos de fecha cierta el cumplimiento de un fin universitario concreto. 

Asimismo, la USMP realizó colocaciones en un fondo de inversión, y el retorno de las mismas no fue aplicado para el fin universitario establecido.

Pese a ser parte de sus funciones, las autoridades de la USMP permitieron que, durante todos esos años y de manera sistemática, se efectúen las operaciones cuestionadas en desmedro de los intereses de la universidad, sin adoptar ninguna acción correctiva.

Medidas correctivas

Asimismo, la Sunedu ordenó a la USMP abstenerse de manera inmediata de utilizar sus activos con las empresas que fueron materia de investigación y presentar un plan en el que consten las acciones que adoptará, a fin de recuperar los montos otorgados en calidad de préstamo o inversión.

Igualmente, iniciar el proceso de vacancia de su rector, en la medida que permitió que se realicen operaciones con fines distintos a los universitarios.

Adoptar las acciones que correspondan a fin de que se determine la responsabilidad de las personas involucradas en la autorización de las operaciones analizadas.

El Consejo Directivo de la Sunedu también determinó la necesidad de remitir información relevante recabada durante el procedimiento, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) y a la Procuraduría Pública de la Sunedu. 


Esto, a fin de que, en ejercicio de sus funciones, estas entidades investiguen si las disposiciones de activos de la USMP también habrían constituido una forma de distribución directa o indirecta de rentas –lo cual se encuentra prohibido por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta– o un acto de administración fraudulenta de personas jurídicas, respectivamente.
Fuente: andina.pe  

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