0
Revisa la lista de productos que puedes traaer a Perú sin pagar impuestos

Si se exceden los límites fijados por la Sunat se deberá pagar una tasa adicional del 12% del valor de los objetos
Cuando viajamos tenemos la tentación de comprar ropa, productos tecnológicos o otro tipo de objetos y llevarlos en las maletas, sin embargo debemos conocer qué tipo de productospodemos llevar en el equipaje sin llegar a pagar impuestos a la Sunat.
Antes de viajar, es recomendable revisar previamente la página de Aduanas en www.sunat.gob.pe para saber si el producto que queremos comprar está libre de arancel, aquel impuesto que se paga por importar un bien.

Además es necesario saber si el producto que se desea comprar figura como prohibido o restringido. También debemos no exceder el límite de las cantidades permitidas, pues de lo contrario sí se deberá realizar el pago de impuestos.
Si el valor de los bienes sobrepasa el tope de US$500, se tendrá que pagar un tributo único de 12% del valor de los objetos siempre que estos no superen un monto de US$1.000.
1. Prendas de vestir y objetos de adorno personal del viajero.
2. Objetos de tocador para uso del viajero.
3. Medicamentos de uso personal del viajero.
4. Una (1) máquina rasuradora o depiladora eléctrica para uso del viajero.
5. Dos (2) aparatos electrodoméstico portátiles para el cabello y para uso del viajero.
6. Una (1) unidad o un (1) set de artículos deportivos de uso del viajero.
7. Una (01) calculadora electrónica portátil.
8. Libros, revistas y documentos impresos en general que se adviertan de uso personal del viajero.
9. Maletas, bolsas y otros envases de uso común que contengan los objetos que constituyen el equipaje del viajero.
10.  Un (1) instrumento musical, siempre que sea portátil.
11. Un (1) receptor de radiodifusión, o un (1) reproductor de sonido incluso con grabador, o un (1) equipo que en su conjunto los contenga, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y no sea de tipo profesional.
12. Hasta un máximo en conjunto de veinte (20) de discos compactos.
13. Dos (2) cámaras fotográficas.
14. Una (1) videocámara, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y que no sea de tipo profesional.
15. Un (1) aparato reproductor portátil de discos digitales de video.
16. Un (1) aparato de vídeo juego electrónico doméstico portátil.
17. Dos (2) discos duros externos para computadora, cuatro (4) memorias para cámara digital, videocámara y/o videojuego, sólo si porta estos aparatos, cuatro (4) memorias USB (pen drive),y diez (10) discos digitales de vídeo o para videojuego.
18. Una (1) agenda electrónica portátil o tableta electrónica.
19. Una (1) computadora portátil, con fuente de energía propia.
20. Dos (2) teléfonos celulares.
21. Hasta veinte (20) cajetillas de cigarrillos o cincuenta (50) cigarros puros o doscientos cincuenta (250) gramos de tabaco picado o en hebras para fumar.
22. Hasta tres (3) litros de licor.
23. Los medios auxiliares y equipos necesarios para su control médico y movilización (silla de ruedas, camilla, muletas, medidores de presión arterial, de temperatura y de glucosa, entre otros) que porten consigo los viajeros impedidos o enfermos.

24. Un (1) animal doméstico vivo como mascota, el cual debe ser sometido previamente al cumplimiento de las regulaciones sanitarias correspondientes.
Fuente: diariocorreo.pe 

Publicar un comentario

 
Top