Las personas naturales que percibieron ingresos de
quinta categoría (trabajadores en planilla) durante el 2018 podrían obtener una
devolución del Impuesto a la Renta (IR) que variaría entre los 476 soles y
3,735 soles, si lograron una deducción adicional de hasta 3 UIT (12,450 soles),
explicó hoy la socia de la consultora PwC, Lourdes Chau.
Cabe indicar que si un trabajador
en planilla tiene ingresos anuales por más de 7 UIT (29,050 soles, según valor
del 2018), al monto sobrante se le aplica una tasa del Impuesto a la Renta,
diferenciada por tramos, para determinar cuánto debe pagar.
De esta manera, si el monto
sobrante de las 7 UIT se ubica hasta en 5 UIT (20,750 soles) se aplicará una
tasa de 8% sobre este monto y el resultado será el impuesto a pagar.
Mientras que para el tramo que va
desde más de 5 UIT hasta 20 UIT, la tasa del Impuesto a la Renta será de 14%, y
para el tramo de más de 20 UIT y hasta 35 UIT la tasa será de 17%.
En tanto que para el tramo de más
de 35 UIT y hasta 45 UIT la tasa será de 20%, y para el tramo superior a las 45
UIT la tasa será de 30%.
“Para determinar el monto de la
devolución se tiene que hacer un análisis individual de cuánto es lo que cada
persona tiene para deducir como gasto en el ejercicio 2018, y obviamente lo que
haya sido sustentado en el comprobante de pago correspondiente”, dijo Lourdes
Chau.
“La devolución dependerá de la
tasa impositiva de cada persona, porque nuestro Impuesto a la Renta para las
personas naturales está estructurado en escalas, que van desde el 8% hasta el
30%. Entonces, si la persona pagaba la tasa más alta (30%) podría obtener una
devolución de hasta 3,735 soles”, agregó.
La especialista sostuvo que para
el caso de una persona que paga en la escala más baja (8%) el monto de devolución
podría variar entre 476 soles y 996 soles.
“Es importante aclarar que una
persona que no logra ingresos superiores a 7 UIT al año no paga Impuesto a la
Renta, de manera que por más que tenga gastos deducibles, no puede obtener una
devolución”, indicó.
Fuente: andina.pe
Publicar un comentario