Al superar determinadas cantidades, se pueden
realizar retenciones del 8% o se requerirá de declaración a la renta
Los recibos por honorarios se utilizan como comprobante
de pago cuando
una persona realiza un servicio
o trabajo.
En
cuanto al monto
mínimo o máximo por
el que se puede emitir un recibo por honorarios, no existe una cantidad establecida.
Según
la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria (SUNAT), pueden emitirse
recibos por 10 soles hasta cifras más elevadas, pero en el caso superar los 3,026 por acumulado al mes, se deberá de tener en cuenta
la declaración a la renta.
También,
si el monto del recibo por honorarios superará los1,500 soles, se le
retendrá el 8% por empresas de régimen general o
mype tributario.
En caso
que usted trabaje para un RUS o RER, estas empresas no
realizan este tipo de retenciones, solo
deben hacerlo las que formen parte del régimen general y o mype tributario.
Fuente: diariocorreo.pe
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