Entrevista. La
jurisdicción especializada comercial coadyuva al mayor ingreso de capitales,
comentó el especialista en derecho corporativo, que planteó algunos ajustes a
la legislación peruana y medidas para mejorar no solo el servicio de
administración de justicia, sino también el ejercicio de la abogacía en el Perú.
¿Qué
significa ser condecorado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL) con la orden
Francisco García Calderón?
–Para mí es una enorme satisfacción. Es la máxima
condecoración que impone el CAL en función del reconocimiento tanto académico
como profesional. Ejerzo la docencia hace 43 años y participo en todo tipo de
actividades vinculadas con el derecho corporativo.
¿Qué
abarca el derecho empresarial o corporativo?
–Acopia tanto al derecho público como al derecho
privado. El derecho tributario es un derecho empresarial típico y es derecho
público. El derecho comercial es derecho privado y es parte del derecho
empresarial. Esta escuela de derecho empresarial o corporativo es perfectamente
viable en países como el nuestro.
¿Hacia
dónde debe apuntar esta especialidad?
–Primero, tienen que incorporarse, en lo que sea
necesario, algunas normas que reconozcan instituciones modernas.
¿Cómo
cuáles?
–Por ejemplo, las sociedades B, que son de
beneficio e interés colectivo. Es un nuevo modelo que se impone en el mundo.
Son sociedades que además de apuntar a los negocios tienen propósitos
altruistas, sociales y medioambientales. Hay cerca de 3,000 en el mundo y cinco
o siete en el Perú. Otro tema fundamental es el de los grupos de empresas.
¿Se
requiere entonces modificar la Ley General de Sociedades (LGS)?
–Esta ley, que cumplirá 20 años, está proyectada
al siglo XXI y tiene las calidades para mantenerse con plena vigencia. Sin
embargo, necesita algunos ajustes. Algunos artículos pueden mejorarse.
¿Cómo
cuáles?
Por ejemplo, el artículo sobre el patrimonio
social, y también los que se refieren a los deberes y responsabilidades de los
administradores.
¿La Ley
de Títulos Valores también debe modificarse?
–Sí, sin duda. Hay una corriente moderna hacia la
desmaterialización de los títulos valores. Los títulos, con el tiempo, dejarán
de tener una expresión documental. Cada día se usa menos el cheque, la
tendencia moderna de las sociedades anónimas es ya no hacer certificados de
acciones.
¿Tiene
que modificarse entonces todo el marco normativo corporativo?
–Claro que sí. Incluso el Código Penal en los
delitos económicos. El artículo 198 fija una serie de supuestos que son los
llamados delitos societarios, algunos de los cuales hay que reemplazarlos y
modernizarlos. Además, hay que incorporar otros supuestos.
Pero,
al margen de ello, ¿la legislación empresarial peruana fomenta la inversión
privada para el país?
–Claro que sí, sin duda. Además, por el hecho de
que existe una jurisdicción comercial con jueces y salas comerciales, y por la
forma en que se ha desarrollado el arbitraje en el Perú. En Sudamérica, el Perú
es el país en el que el arbitraje tiene mayor desarrollo. Esto es una
tranquilidad para los inversionistas extranjeros.
¿Esta
jurisdicción especializada coadyuva a que haya mayor inversión?
–Por supuesto, es un marco legal ideal.
¿Qué
faltaría hacer?
–Extender la jurisdicción comercial al ámbito
nacional. Los tratados de libre comercio, los acuerdos binacionales y una serie
de normas tendrían también que revisarse para mejorarlos y crear incentivos
para los inversionistas tanto tributarios como aduaneros y laborales.
¿Pero
existe un marco normativo proclive al fomento de la inversión?
–Por su puesto que sí, cada día más, y la
tendencia es que se incremente a futuro.
¿Cómo
evalúa la simplificación administrativa y formalización empresarial que se
impulsa en el país?
–Estoy totalmente de acuerdo con esta tendencia
orientada a solucionar la famosa “permisología” o “tramitología” excesiva en el
Perú, que entrampa los proyectos de inversión. Debería prevalecer la
declaración jurada de buena fe.
Hay una serie de principios de veracidad,
simplificación, etcétera, que hay que aplicarlos correctamente. Me gustaría que
existiera mayor celeridad en la administración de justicia frente a una
corrupción que esta incrementándose. La legislación debe coadyuvar a que esa
corrupción se elimine.
¿Cómo
evalúa la lucha contra la corrupción?
–Lo que me da pena es que los árbitros están en
una especie de indefensión. A veces la gente no entiende que en un arbitraje,
el árbitro lauda con objetividad y transparencia. Se requiere una legislación
que proteja a los árbitros.
Se deben fomentar los arbitrajes institucionales y
las normas de ética tienen que ser muy fuertes para que los árbitros sean
conscientes de que no pueden aceptar cualquier arbitraje, deben hacer un
análisis.
El arbitraje ad hoc debe mantenerse como una
opción y, además, estar sujeto a un empadronamiento. Mientras que los árbitros
deben estar inscritos en un registro, y en ella además anotar la iniciación de
los arbitrajes ad hoc para su conocimiento, con el fin de que no se inventen
arbitrajes que nunca existieron.
Abogacía
Para mejorar la alicaída imagen de los
profesionales del Derecho, afectada por los recientes casos de corrupción,
corresponde a los abogados buscar la reivindicación plena de la abogacía,
comenta el jurista Oswaldo Hundskopf. En ese contexto, considera que la
enseñanza del derecho debe apuntar a una transmisión de conocimientos
indispensable con patrones éticos que son fundamentales.
“El abogado debe saber perfectamente que ejercerá
su profesión en un medio en el que tiene que conducirse con corrección, y eso
debe enseñarse en la universidad, detalló el experto. Además, sostuvo que el
Derecho cambia con el tiempo y se moderniza, por lo que en las facultades de
Derecho deben incorporarse cursos sobre temas modernos.
Al margen de ello, indicó que lo más importante es
que las universidades pasen el licenciamiento de la Sunedu.
Propuestas
A criterio de Hundskopf, resulta necesario que el
Poder Judicial y el Ministerio Público mantengan un mayor ensamble en sus
labores con miras a buscar la celeridad en los procesos, sobre todo en temas
penales.
Considera conveniente, además, modificar la
Constitución para que todos los miembros del Consejo Nacional de la
Magistratura (CNM) sean abogados, porque un profesional ajeno al derecho no
puede determinar quiénes pueden ejercer mejor la magistratura.
Fuente: elperuano.com.pe
¿Qué
significa ser condecorado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL) con la orden
Francisco García Calderón?
Fuente: elperuano.com.pe
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