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Entrevista. La jurisdicción especializada comercial coadyuva al mayor ingreso de capitales, comentó el especialista en derecho corporativo, que planteó algunos ajustes a la legislación peruana y medidas para mejorar no solo el servicio de administración de justicia, sino también el ejercicio de la abogacía en el Perú.


¿Qué significa ser condecorado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL) con la orden Francisco García Calderón?

–Para mí es una enorme satisfacción. Es la máxima condecoración que impone el CAL en función del reconocimiento tanto académico como profesional. Ejerzo la docencia hace 43 años y participo en todo tipo de actividades vinculadas con el derecho corporativo. 

¿Qué abarca el derecho empresarial o corporativo? 

–Acopia tanto al derecho público como al derecho privado. El derecho tributario es un derecho empresarial típico y es derecho público. El derecho comercial es derecho privado y es parte del derecho empresarial. Esta escuela de derecho empresarial o corporativo es perfectamente viable en países como el nuestro. 

¿Hacia dónde debe apuntar esta especialidad? 

–Primero, tienen que incorporarse, en lo que sea necesario, algunas normas que reconozcan instituciones modernas.

¿Cómo cuáles?
–Por ejemplo, las sociedades B, que son de beneficio e interés colectivo. Es un nuevo modelo que se impone en el mundo. Son sociedades que además de apuntar a los negocios tienen propósitos altruistas, sociales y medioambientales. Hay cerca de 3,000 en el mundo y cinco o siete en el Perú. Otro tema fundamental es el de los grupos de empresas. 

¿Se requiere entonces modificar la Ley General de Sociedades (LGS)? 

–Esta ley, que cumplirá 20 años, está proyectada al siglo XXI y tiene las calidades para mantenerse con plena vigencia. Sin embargo, necesita algunos ajustes. Algunos artículos pueden mejorarse.

¿Cómo cuáles? 

Por ejemplo, el artículo sobre el patrimonio social, y también los que se refieren a los deberes y responsabilidades de los administradores. 

¿La Ley de Títulos Valores también debe modificarse?

–Sí, sin duda. Hay una corriente moderna hacia la desmaterialización de los títulos valores. Los títulos, con el tiempo, dejarán de tener una expresión documental. Cada día se usa menos el cheque, la tendencia moderna de las sociedades anónimas es ya no hacer certificados de acciones. 

¿Tiene que modificarse entonces todo el marco normativo corporativo?

–Claro que sí. Incluso el Código Penal en los delitos económicos. El artículo 198 fija una serie de supuestos que son los llamados delitos societarios, algunos de los cuales hay que reemplazarlos y modernizarlos. Además, hay que incorporar otros supuestos.

Pero, al margen de ello, ¿la legislación empresarial peruana fomenta la inversión privada para el país? 

–Claro que sí, sin duda. Además, por el hecho de que existe una jurisdicción comercial con jueces y salas comerciales, y por la forma en que se ha desarrollado el arbitraje en el Perú. En Sudamérica, el Perú es el país en el que el arbitraje tiene mayor desarrollo. Esto es una tranquilidad para los inversionistas extranjeros.

¿Esta jurisdicción especializada coadyuva a que haya mayor inversión? 

–Por supuesto, es un marco legal ideal.

¿Qué faltaría hacer? 

–Extender la jurisdicción comercial al ámbito nacional. Los tratados de libre comercio, los acuerdos binacionales y una serie de normas tendrían también que revisarse para mejorarlos y crear incentivos para los inversionistas tanto tributarios como aduaneros y laborales.

¿Pero existe un marco normativo proclive al fomento de la inversión?

–Por su puesto que sí, cada día más, y la tendencia es que se incremente a futuro.

¿Cómo evalúa la simplificación administrativa y formalización empresarial que se impulsa en el país?

–Estoy totalmente de acuerdo con esta tendencia orientada a solucionar la famosa “permisología” o “tramitología” excesiva en el Perú, que entrampa los proyectos de inversión. Debería prevalecer la declaración jurada de buena fe. 

Hay una serie de principios de veracidad, simplificación, etcétera, que hay que aplicarlos correctamente. Me gustaría que existiera mayor celeridad en la administración de justicia frente a una corrupción que esta incrementándose. La legislación debe coadyuvar a que esa corrupción se elimine. 

¿Cómo evalúa la lucha contra la corrupción?

–Lo que me da pena es que los árbitros están en una especie de indefensión. A veces la gente no entiende que en un arbitraje, el árbitro lauda con objetividad y transparencia. Se requiere una legislación que proteja a los árbitros. 

Se deben fomentar los arbitrajes institucionales y las normas de ética tienen que ser muy fuertes para que los árbitros sean conscientes de que no pueden aceptar cualquier arbitraje, deben hacer un análisis. 

El arbitraje ad hoc debe mantenerse como una opción y, además, estar sujeto a un empadronamiento. Mientras que los árbitros deben estar inscritos en un registro, y en ella además anotar la iniciación de los arbitrajes ad hoc para su conocimiento, con el fin de que no se inventen arbitrajes que nunca existieron.

Abogacía

Para mejorar la alicaída imagen de los profesionales del Derecho, afectada por los recientes casos de corrupción, corresponde a los abogados buscar la reivindicación plena de la abogacía, comenta el jurista Oswaldo Hundskopf. En ese contexto, considera que la enseñanza del derecho debe apuntar a una transmisión de conocimientos indispensable con patrones éticos que son fundamentales. 

“El abogado debe saber perfectamente que ejercerá su profesión en un medio en el que tiene que conducirse con corrección, y eso debe enseñarse en la universidad, detalló el experto. Además, sostuvo que el Derecho cambia con el tiempo y se moderniza, por lo que en las facultades de Derecho deben incorporarse cursos sobre temas modernos. 

Al margen de ello, indicó que lo más importante es que las universidades pasen el licenciamiento de la Sunedu.

Propuestas
A criterio de Hundskopf, resulta necesario que el Poder Judicial y el Ministerio Público mantengan un mayor ensamble en sus labores con miras a buscar la celeridad en los procesos, sobre todo en temas penales. 

Considera conveniente, además, modificar la Constitución para que todos los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) sean abogados, porque un profesional ajeno al derecho no puede determinar quiénes pueden ejercer mejor la magistratura.
Fuente: elperuano.com.pe

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