La medida se aplicará
inicialmente entre las entidades del Poder Ejecutivo y en un plazo de 60 días
deberá implementarse los mecanismos de interoperabilidad de información, según
un decreto legislativo.
Tal como anunció el presidente del Consejo
de Ministros,Fernando Zavala, el
Poder Ejecutivo publicó hoy el decreto legislativo que aprueba diversas medidas
de simplificación administrativas, que tendrá que ser aplicado por todas las
entidades de la administración pública.
De manera gratuita, las entidades de la administración pública
deberán – a través de la interoperabilidad – interconectarse para poner a
disposición, permitir el acceso o suministrar la información actualizada que
manejen sobre los usuarios o administrados y que sean requeridas necesariamente
por otras entidades públicas, para la realización de sus procedimientos
administrativos.
En los casos en que la información o datos se encuentren
protegidos bajo la Ley de Protección de Datos Personales, las entidades
públicas deberán obtener la autorización expresa e indubitable del usuario para
acceder a dicha información o datos.
La información de los usuarios que las entidades públicas deben
proporcionar a las entidades del Poder Ejecutivo de manera gratuita son:
1. Identificación y estado civil
2. Antecedentes penales
3. Antecedentes judiciales
4. Antecedentes policiales
5. Grados y títulos+
6. Vigencia de poderes y designación de representantes legales
7. Titularidad o dominio sobre bienes registrados
Las entidades públicas que posean y administren esta información
deben ponerla a disposición de manera gratuita y permanente a las entidades del
Poder Ejecutivo para la interoperabilidad en un plazo máximo de 60 días hábiles
computados desde hoy.
En tanto se implemente la interoperabilidad, la información y
documentos mencionados podrán ser sustituidos, a opción del administrado o
usuario, por una declaración jurada conforme a lo establecido en la Ley del
Procedimiento Administrativo General.
Mediante un decreto supremo de
la PCM,
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se establecerán los plazos
que se aplicarán a las demás entidades de la administración pública, y cual
otra disposición que resulte necesaria para la interoperabilidad.
Las entidades públicas deberán
utilizar la Plataforma de Interoperabilidad del Estado administrada por la PCM,
a través de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI).
Fuente: gestion.pe/economia
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